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Adiós a la toga

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En medio de los cambios vertiginosos que sufre nuestro país, en el ámbito del derecho, en el ambiente de los abogados  “modernos y arriesgados” surgen ideas, ocurrencias  y propuestas que hace diez años hubieran sido impensables: demandas de amparo a través de plataformas o de redes sociales, alegatos en video grabación, interpretación de la ley en sentido contrario a su texto y varias más.

Y ¿por qué no?  el futuro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sugiere que se abandone el uso de las togas (que todos sabemos, son conservadoras, “fifís”, elitistas y representan a  un país que ya no existe), y propone, en cambio, que los Ministros asistan a las sesiones portando trajes regionales de gala y/o guayaberas.

Le encuentro dos inconvenientes a esta ocurrencia, el primero tiene que ver con la apropiación cultural, que moralmente es reprochable. La vestimenta de nuestros pueblos originarios corresponde a ellos y a nadie más. Así como a las empresas se les ha sancionado por utilizar y comercializar prendas que corresponden a ciertas culturas; así debe sancionarse a nuestros políticos y funcionarios públicos que las utilizan con fines clientelares. No veo por qué un funcionario público que siempre ha vivido en esta ciudad y vestido con ropa ordinaria, ahora use el traje típico del pueblo de Tehuantepec, por ejemplo. Qué sabe ese funcionario de esta región del país, de sus usos y costumbres, de cómo y en qué ocasiones lucen sus trajes. No creo que al portarla traten a esta ropa con el respeto y la dignidad que merece. No me parece correcto.

El otro inconveniente es que el uso de distintos trajes típicos de gala, llenos de color, de arte y de tradición, rompe con varios de los propósitos que pretende la toga judicial.

La toga es una vestimenta considerada ceremonial que utilizan los Ministros en audiencias públicas, reuniones del tribunal y actos solemnes. Su uso resalta la seriedad y solemnidad del proceso judicial, al igual que la imparcialidad y el respeto por todos los involucrados. Así es en México y en los demás países en que los juzgadores usan togas.

El acto de imponer la toga “magisterial” a un Ministro es solemne y lleno de significado, se realiza en una ceremonia. Existe el decreto del Congreso de la Unión del 8 de abril de 1941,  por virtud del cual corresponde vestir togas a los Ministros y Ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al concurrir a las audiencias del Pleno y las Salas, así como a los actos solemnes.

Es una prenda representativa de la alta investidura que el Estado Mexicano les confiere como integrantes  de ese Tribunal Constitucional.

La toga tiene una manga angosta, para simbolizar la interpretación estricta, y una manga ancha, que hace referencia a la interpretación amplia de la norma. Es una prenda que representa la responsabilidad y el peso de la función. La toga es negra, austera y unifica a los ministros.  En el momento en que se las ponen todos se uniforman.

Los tiempos de cambio, la “transformación” del país y las ideas que imperan no comulgan con el uso de esta prenda, por motivos totalmente equivocados, por desconocimiento de su origen y significado y porque, también, se trata de cambiarlo todo, de destruir desde sus cimientos lo que existe antes de ellos.

Sustituir las togas negras por trajes regionales y/o guayaberas abandona todo el significado y tradición que esta prenda representaba.

A los trajes típicos seguramente les darán nuevos significados, harán de ellos galardones que representen las ideas políticas de cada uno y, desde luego, todos habremos de olvidar que hubo una época en que justicia y  política no se mezclaban, en que había principios y valores que guiaban la función de un juez.

Nacional

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