Una de tantas torpezas incorporadas en la reforma judicial de septiembre de 2024 que materializó el golpe contra la división de poderes y acabó con la carrera judicial para expulsar de la judicatura a los juzgadores federales más valiosos de esa institución, fue alterar el mecanismo de designación de la presidencia de la Corte.
Para empezar, el periodo del togado que encabezaba lo que fue el máximo tribunal del país era de 4 años, un lapso prudente para establecer rumbo y proyecto realizable para esa institución. La decisión se tomaba entre pares, con el voto mayoritario de un pleno integrado por 11 para elegir a su presidente. Este sistema permitía fortalecer la autonomía e independencia, al dejar a los ministros autodeterminarse en su gobierno interno, que además encabezaba el extinto Consejo de la Judicatura.
Este mecanismo emanó de la reforma de 1994 impulsada por el entonces presidente Ernesto Zedillo e hizo de la Suprema Corte un auténtico Tribunal Constitucional dotado de facultades para dar equilibrio entre los poderes de la Unión, mitigar los excesos del Ejecutivo y corregir, entre otras cosas, las leyes inconstitucionales y mal hechas aprobadas por el Legislativo.
Con sus tropiezos, casos de corrupción que nos estuvieron ausentes, pero que no definieron el funcionamiento del Poder Judicial de la Federación para caminar con independencia en nuestra democracia constitucional, el sistema permitió sentar una etapa de profesionalismo en la impartición de justicia basada en la experiencia, meritocracia y solidez profesional de sus integrantes. En esa época los mejores cuadros jurídicos del país veían como opción la posibilidad de ingresar a la Corte o concursar para aspirar a ser juez o magistrado, porque ahí se construían criterios valiosos que definían la agenda jurídica y la interpretación del texto constitucional en la resolución de controversias.
Todo eso se acabó con el golpe del obradorato al quehacer judicial y se ejecutó sin cambiarle una coma al arranque del sexenio de Claudia Sheinbaum.
Ahora el artículo 94 de la Carta Magna establece que la Corte se compone de 9 integrantes para funcionar en pleno y su presidencia se renovará cada 2 años de forma rotatoria en prelación al número de votos que haya obtenido cada ministro designado en virtud de las elecciones dominadas por los tristemente célebres acordeones. Fue así que Hugo Aguilar Ortiz con un total de 5 millones 900 mil votos alcanzó la presidencia de este tribunal para dejar en segundo lugar a Lenia Batres con aproximadamente 360 mil votos menos.
La decisión para presidir la Corte ya no depende del gobierno judicial en su autodeterminación, sino que surge del populismo externo que manipuló el Ejecutivo a través de una elección sumamente cuestionada y carente de credibilidad en la que no contó el perfil, trayectoria, experiencia y conocimientos, sino las ocurrencias, gracias y falsos ofrecimientos de campaña como “la preparación” del ministro “chicharrón”.
Dos años en la presidencia de la Corte son insuficientes para desarrollar un programa de trabajo y ejecutar las decisiones administrativas que consolidan el rumbo de una institución que luce desdibujada y desmantelada en la calidad de sus integrantes. El tribunal del presente carece de credibilidad, tiene un pobre nivel profesional y funciona supeditado al poder político del régimen para jamás cuestionarlo.
El artículo 94 colisiona con el 97 constitucional para dejar plenamente vigente otra posibilidad de elegir a quien encabezará la presidencia de la Corte a partir del uno de septiembre de 2027, plazo a cumplirse justo dentro de un año.
Este precepto determina que será la votación mayoritaria entre los integrantes del pleno, es decir 5 de los 9 votos posibles, el criterio que se aplicaría para elegir al sucesor de Hugo Aguilar, lo que en los hechos prácticamente elimina las posibilidades de Batres entre sus pares, con el mal ambiente que ha generado y las constantes confrontaciones públicas y privadas que alimenta con los demás togados, que les puedo asegurar la detestan.
Bastaría que el pleno, con la ineludible aprobación de Palacio Nacional fijara con claridad el criterio que aplicará para la elección del miércoles 1 de septiembre del año que viene. Todo parece indicar que los astros se alinean para que prevalezca el sistema definido en el artículo 97.
La más adelantada en su campaña para encabezar a la Corte es Jasmín Esquivel, que a pesar de los lastres que se le conocen, pareciera la opción menos catastrófica para el futuro inmediato, votando por sí misma, le bastarían 4 más que parece ya tener en la bolsa. En este sentido, no son casualidad las numerosas confrontaciones con Batres durante las sesiones en las que Esquivel Mossa da señales de mayor prudencia y estabilidad emocional en comparación con la doctorante de la Universidad Tepantlato.

EDICTOS
Hablando de pobreza intelectual e ignorancia, el cuadro del horror en la Corte sigue siendo adjudicado por méritos propios a la señora Estela Ríos. Desconoce la naturaleza del trabajo esencial de un ministro, me refiero a la interpretación de nuestra Carta Magna para moldear criterios valiosos que fijan agenda en la resolución de los litigios más trascendentes del país. Uno de los más burdos dislates de Ríos, y miren que tiene un repertorio amplísimo, fue asegurar: “La fuerza de nuestra Constitución está en su texto, no está en interpretaciones que queramos hacer a modo para favorecer o restringir situaciones que no están establecidas en nuestra Constitución”.
Cualquier estudiante de primer semestre de Derecho tendría claros los argumentos para exponer que la ex Consejera Jurídica de AMLO es una analfabeta jurídica.



